jueves, 26 de abril de 2012

La concepción actual de la seguridad ciudadana y el Sistema Penal en el mundo

Para un mejor entender la concepción de seguridad ciudadana, debemos analizar primero lo que significa el termino seguridad.
Manuel Osorio en su Diccionario Jurídico dice del concepto de seguridad: "como una exención de peligro o daño", este concepto demasiado restrictivo y limitado, no da mayor amplitud del término, otros doctrinarios dicen de la seguridad, que consiste en contrarrestar el peligro mediante un equilibrio entre fiabilidad y riesgo aceptable.
La seguridad es la base principal para el desarrollo de los pueblos, sociedades y naciones, la nueva concepción del neoliberalismo con su teoría estrella, la globalización, ha sido acompañado con un crecimiento de una cultura del delito. Anota Pozzo, ...en la actual situación en la que vive el mundo y en cualquier otra a presentarse, no puede haber civilización sin seguridad, así como no puede existir un Estado-nación sin seguridad y eso vale para todos los pueblos de la tierra y sobre todo en aquellos que tienen ecuaciones mínima de poder, en un mundo cada vez más globalizado, complejo, mercantilizado y técnico - por tanto - ...no puede existir desarrollo sin seguridad y seguridad sin desarrollo, lo importante es definir cual es primero, la seguridad o el desarrollo.
La seguridad, es un término que estuvo unido siempre a la concepción de Estado-nación, emergiendo sobre todos los conceptos, la seguridad de Estado por encima de la seguridad individual de las personas. Desde que surgen los Estados en el contexto político universal, a la seguridad se le asigna la concepción integral de la disposición de todos los medios con los que cuenta una sociedad o Estado-nación, para brindar protección y fiabilidad de desarrollo a la comunidad.
Durante la guerra fría, se desarrolló en el mundo la seguridad nacional integral del Estado, que consistía en la seguridad externa y la seguridad interna o publica. La seguridad externa estaba relacionada con la defensa de la integridad territorial, la soberanía y la independencia nacional, la subsistencia y continuidad del Estado-nación, esta seguridad se la atribuía exclusivamente a las Fuerzas Armadas, institución que tenían y tienen actualmente la misión exclusiva y monopólica de garantizar la seguridad externa y soberanía nacional. La seguridad interna o publica del Estado-Nación, consistía en garantizar el orden publico, el imperio de la constitución y leyes del Estado-nación y su cumplimiento estaba generalmente encomendado a las fuerzas policiales en la mayoría de los estados democráticos.
En esta concepción política de la seguridad integral nacional de la década de los años sesenta a los ochenta, estaba dirigida a contrarrestar el avance de la ideología marxista, la que avanzaba por dos frentes, el externo a través de la exportación de la ideología propiciado por la Ex - URSS mediante el financiamiento subversivo bélico en los Estados tercermundista o que tenían un alto grado de pobreza y la interna a través de las agrupaciones sindicales, universitarias, obreras y campesinas, que asumieron como propia la ideología marxista como una forma de lucha de clases.
Al final de la guerra fría y la caída del muro de Berlín, arrastró consigo esta vieja concepción de la seguridad estatal, llevándose la temida ideología socialista que había mantenido una larga lucha entre dos naciones egemonizantes y polarizantes de la época, Estados Unidos de Norte América y la Ex- - URSS.
El neoliberalismo surge como una nueva teoría de la economía de mercado, en el que no se oponían resistencias alguna a la voluntad de la propiedad privada como aspiración individualista y el espíritu emprendedor del hombre, avanza por la faz de la tierra como una aplanadora que absorbía todo a su paso y convencía al mas encarnizado comunista, de que la mejor forma de desarrollar los pueblos y universalizando a la sociedad en todos los campos, desde la cultura, hasta la educación, pasando principalmente por la economía, era la universalización de las necesidades y las negociaciones, esta nueva teoría viene a llamarse la teoría de la globalización, fundada en un neoliberalismo de libertad de mercado y la liberación de las fronteras aduaneras. Con esta nueva doctrina mercantilista de la nueva era de la teoría globalizante de la economía mundial en el contexto neoliberal, resurge y se expande con fuerza un nueva industrialización exportadora y el consumismo de bienes de uso, de servicios y de capital, la tecnologización de los medios de producción, la libre competencia, la cibernética en las comunicaciones satelitales con acceso fácil a todos los habitantes del planeta tierra, se expande la inversión en recursos hidrocarburíficos en países tercermundistas mediante un proceso de capitalización llevada adelante con un procedimiento totalmente corrompido, trayendo con ello la delincuencia de cuello blanco, que crea un descontento total del pueblo.
La globalización trae consigo nuevas formas de criminalidad. La globalización se constituye en un sistema promotor de muchas otras formas de oportunidades para la criminalidad en los diferentes planos sociales, creando oportunidades de economía informales, enriquecimiento ilícitos a través todas formas de delincuencia, desde crímenes económicos y financieros a partir de la economía legal que lleva a los actores a la economía ilegal, delitos contra el medio ambiente, la generalización del narcotráfico ilegal, tráfico de armas, terrorismo, el fraude, la corrupción de altos dignatarios del poder ejecutivo, legislativo y judicial promovida por la empresa privada y transnacionales, el contrabando, el autotrófico internacional.
Todos estas formas delictivas, ha determinado el surgimiento de una clase social descontenta, que ha expresado su desacuerdo con el sistema y las autoridades mediante pronunciamientos en masas, que también ha dado origen a los delitos de masas, en la que las victimas es el mismo pueblo, es decir el pueblo comete delitos de masas contra si mismo, mediante la manifestación violenta, bloqueando carreteras, aeropuertos, calles y avenidas, causando graves daños económicos a pasajeros, turistas, empresarios, transportistas, al comercio internacional, daños materiales a la propiedad privada mediante el robo agravado en masa (saqueo), destrucción material de los medios de transportes (incendio de medios de transportes tanto de dominio públicos -policiales- como privados masivos), asesinato en masa de presuntos infractores de la ley (linchamiento o ajusticiamiento por manos propias), todo esto trae una nueva forma de inseguridad globalizada de la población en general.
La nueva economía globalizada tiene como consecuencias un mayor uso y abuso del alcohol, las drogas, la prostitución infantil, refuerza la extrema derecho (neo nazismo), el terrorismo, el fraude, y con todo ello nace la nueva sociedad de la cultura del crimen.
Estas nuevas formas de criminalidad, obliga a que los Estados readecuen sus políticas de seguridad, dando origen a la concepción de la nueva seguridad nacional, dividida en seguridad general asumida por el gobierno central a través de su fuerza policial, la seguridad regional asumida por los gobiernos regionales y la seguridad local asignada a las administraciones municipales.
De esta nueva concepción de la seguridad, nace la diversificación de la misma. Se habla de la seguridad militar, la seguridad policial, la seguridad jurídica, la seguridad laboral, la seguridad industrial, la seguridad medioambiental, la seguridad ciudadana, etc.
II.- LA CRIMINOLOGÍA ADMINISTRATIVA Y LA SEGURIDAD CIUDADANA.-
Surgen nuevas escuelas criminalísticas que se dedican a estudiar las nuevas formas de delincuencias surgidas en el mundo, entre ellas la escuela "de la criminología administrativa", teoría originada en Inglaterra y Holanda que tiene como sus máximos exponentes a Taylor y O’Malley, basan sus estudios en la teoría neoliberal del crimen en Europa, quienes introducen la teoría de la sociedad de riesgos, consistente en que la delincuencia ha crecido, gracias al crecimiento de la economía, según estos teóricos, el comportamiento delictivo es producto de oportunidades y restricciones, renaciendo el viejo refrán "la oportunidad hace al ladrón", dando preferencia al estudio del crimen desde el punto de vista del entorno o de la situación en las que se cometen los delitos, es decir se orienta el estudio al acto criminal y a las situaciones en que este se comete, llegando a la conclusión, que las víctimas son los responsables de la comisión de los delitos, determinando que la clase social, la etnia y el sexo son solo factores que causan riesgos. Según la escuela de la "nueva criminología administrativa" la lucha contra el crimen o delincuencia debe basarse en la reducción del riesgo y la redistribución del mismo, es decir a la reducción de las oportunidades que expone el mismo ciudadano para la comisión de los delitos por parte de los delincuentes.
En esta reducción de los riesgos, la población local juega un papel importante, como por ejemplo tomar medidas preventivas como responsabilidad individual de cada ciudadano, la policía solo puede combatir el crimen con mayor eficiencia, si existe una cooperación estrecha y abierta con la población, esta repartición de las responsabilidades entre los individuos, la población y la policía, permite una estrechez del riesgo y la fiabilidad, lo que lleva a determinar que el riesgo pueda reducirse en la medida que se alcanza una fiabilidad de la población en su institución policial.
La policía, constituye el pilar fundamental para la represión de la delincuencia, en la medida que mantenga una relación estrecha como primer punto de contacto del Estado por medios de sus instituciones públicas con los individuos que conforman la población. Si la policía como "sistema experto estatal" falla como punto de acceso hacia el individuo-población, por que falla algún elemento de la propia institución, o por que hay alguna disfunción en su relación con el Estado, con los ciudadanos o con ambos, se quiebra la transmisión de la fiabilidad, esta falla puede estar imputada a los elementos de corrupción de los miembros de la institución, a la insubordinación de los elementos policiales hacia el Estado o al poder legalmente constituido, a la falta de profesionalismo de sus miembros, a la improvisación de sus planes, programas, insuficiente dotación de personal, levantamiento de sus miembros contra el poder legalmente constituido, tal como ocurre permanentemente con la fuerza policial boliviana, entre los episodios mas recordados tenemos, las huelgas policiales, el levantamiento de la Policía Nacional ocurrido en la ciudad de La Paz en el recordado suceso del febrero negro del año 2.003, esta disfunción policial-individuo-población, rompe la generación / transmisión de la fiabilidad.
El contacto con esa policía que no genera confianza, resulta en ese caso decepcionante y constituye una total quiebra de confianza en el "sistema experto de la seguridad" y en los sujetos "agentes policiales", lo que conlleva a que la población recurra a la justicia por manos propias, llevando a la sociedad que se encuentra harta de una policía que no ha logrado satisfacer las necesidades de la población, a cometer el delito en masa, el asesinato por medio de linchamientos, retrocediendo a la época de la barbarie humana.
En respuesta a estos hechos, surge el concepto de la seguridad ciudadana, que ha dado lugar a mucha confusión en su real concepción, por las organizaciones tanto publicas como privadas, el individuo y la población en general, inclusive la misma policía nacional ha conceptualizado erróneamente la seguridad ciudadana, entendiéndola como si se tratara de una función y obligación estatal de proporcionar con sus fuerzas policiales, seguridad permanente a la ciudadanía, sin embargo esta no es la concepción actual de la seguridad ciudadana. Por esa errada concepción, en las dos últimas elecciones tanto nacionales como municipales, se ha usado a la seguridad ciudadana como bandera de campaña política, con ofertas orientadas en esa obligación estatal de brindar seguridad permanente y estrecha a los ciudadanos, por ejemplo, ofertas de incremento de agentes policiales, municipales, dotación de medios motorizados y equipos a la institución policial, incremento de patrullajes policiales por los barrios como manera de garantizar la seguridad ciudadana, no solo los candidatos presidenciales en sus planes de gobiernos hacían estas ofertas eleccionarias, también los candidatos municipales en sus planes de gobiernos han llegado incluso ha involucrar al ejército en la seguridad ciudadana, este error ha sido incrementado por la mala información sobre el concepto de seguridad ciudadana proporcionada por los mismos medios de comunicación.
El mismo legislador boliviano entiende erróneamente el concepto de seguridad ciudadana, al aprobar la Ley de Seguridad Ciudadana No. 2494, asigna el siguiente concepto: "La Seguridad Ciudadana, es el Sistema armónico de condiciones jurídicas, sociales, culturales, de género, políticas e institucionales que de manera igualitaria y equitativa, garantizan mejor calidad de vida para la comunidad, las instituciones públicas y organismos del Estado a través de la convivencia pacífica". Este vendría a ser el resultado o finalidad de la seguridad ciudadana, pero no podemos entenderlo como el concepto.
Sin embargo, la seguridad ciudadana se origina en la medida que las nuevas políticas son presentadas como "democráticas" que implican cambios en la relación Estado-Sociedad Civil, impulsando el primero la participación activa de la comunidad, propiciando la creación de los Consejos de Prevención del Delito y la Violencia. Desde ellos se incentiva la coparticipación activa vecinal, empresariado privado, policial y gubernamental en la gestión de estrategias de prevención del delito, asignando funciones obligatorias ineludibles a los gobiernos municipales y departamentales o en su caso, estaduales, de organizar a los vecinos, empresariado privado, instituciones cívicas, vecinales, con capacidades de responsabilidades sobre seguridad ciudadana mediante la creación de los Consejos de Prevención del Delito y la Violencia, constituyendo éstos, espacios de "participación ciudadana" obligatoria en su propia seguridad.
Se ha formado el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, los Consejos departamentales o estaduales y los consejos Provinciales e incluso los comités municipales sobre seguridad ciudadana, para que con el apoyo técnico de la policía como "experto en seguridad" y el Ministerio Público como defensor de la sociedad y el Estado, se organicen a los vecinos y sus instituciones vivas, cívicas y vecinales, con la finalidad de la participación activa en proporcionarse su propia auto seguridad.
III.- SEGURIDAD CIUDADANA Y ATRIBUCIONES DEL CIUDADANO EN LA REPRESION DEL DELITO. ABUSO DE ESA ATRIBUCIÓN, EL PROBLEMA POLICIAL.-
La seguridad ciudadana no es un tema reciente, sino data de mucho tiempo atrás, se ha tocado el tema en foros en el marco de organismos internacionales y en citas bilaterales y multilaterales presidenciales de diferentes países, buscando la unificación de mecanismos y métodos de la lucha contra la delincuencia que ha venido en aumento progresiva y sostenidamente.
Por ello y con el fin de facilitar que la ciudadanía se involucre con mayor responsabilidad y compromiso serio en la seguridad vecinal y propia, se han readecuado normas penales y procedimentales con ese objetivo, que permitan al ciudadano facultades represivas del delito. En nuestra legislación procedimental, se autoriza al ciudadano que proceda a la detención del delincuente siempre y cuando sea la condición de "in fraganti" y entregarlo a las autoridades llamadas por ley, pero este facultad he derivado en abuso de sus atribuciones ciudadanas represivas, que producto de la disfunción de la policía con el Estado y la población, habiéndose quebrado la generación / transmisión de la fiabilidad del "sistema experto" hacia la población y la falta de credibilidad del sistema penal, la ciudadanía en su lucha desesperada contra la delincuencia ha desencadenado su desconfianza en el sistema, con los asesinatos en masa por medio del linchamientos a personas que fueron aprehendidos por los mismos ciudadanos delinquiendo en forma in fraganti y en otros casos por confusión, quienes fueron inocentemente asesinados, previamente torturados, quemados, mutilados, en una actitud de venganza despiadada contra la disfunción del sistema penal.
El asesinato de masa es un delito muy difícil de controlar, es una expresión de violencia desmesurada e incontrolable, producto de la euforia psicópata de la muchedumbre, que solo basta que alguien pronuncia una sola palabra que lleve al linchamiento, para que toda la masa solo piense en ello y se llegue hasta el asesinato, este comportamiento en masa es producto -como dijimos anteriormente- de la falta de fiabilidad en el sistema punitivo, empezando por la policía, por lo que se requiere de un cambio profundo en el sistema policial, para que el ciudadano vuelva a retomar la fiabilidad en el "sistema experto". El principal problema es que este sistema está exageradamente corrompido y la población ha perdido totalmente la credibilidad en la policía. El ciudadano se siente mas seguro cuando hay ausencia policial que cuando existe presencia policial, por el miedo generalizado a ser detenidos, interceptados o hasta acusados con fines extorsivos, el ciudadano le tiene miedo al policía no por lo que representa su autoridad, sino, por lo que representa la capacidad extorisiva, sin embargo nada se hace al interior, no existe la mínima voluntad de cambiar esta cultura de la extorsión policial, sus miembros en forma general utilizan la detención contra cualquier ciudadano con fines extorsivos, principalmente en los barrios pobres y alejados de las ciudades capitales, en las provincias, cantones, municipios pequeños y pueblos fronterizos, agentes plenamente identificados por las autoridades superiores como extorsionadores no son procesados, mucho menos dados de baja, existe al interior una forma de proteccionismo interno. El problema para que exista esta especie de proteccionismo al interior de la policía, es por que, ninguno de sus miembros tiene la capacidad y dignidad moral para procesar a un policía corrupto, se demuestra objetivamente esta afirmación, por las permanentes detenciones de policías en servicio activo formando parte de bandas de asaltantes e incluso en momento de cometer asaltos, así mismo por las permanentes denuncias entre los mismos policías contra sus altos jefe de formar parte de bandas nacionales e internacionales de delincuentes, incluso se han hecho denuncias contra los comandantes nacionales, departamentales y de reparticiones policiales de estos hechos delictivos, sin embargo hasta ahora no existen sentenciados por estas denuncias, por lo tanto, en las actuales condiciones es imposible la depuración policial, se tendría que retirar a todos sus miembros actuales y empezar de cero con nuevos agentes policiales y con una nueva formación –este es el sentir y pensamiento de todos los ciudadanos bolivianos, lo saben, lo comentan, lo murmullan, pero nadie lo dice en vos alta a los cuatro vientos y de frente al mundo entero en voz alta o por escrito para que llegue a todos, el temor? No se a qué, a decir la verdad?, a querer tapar el sol con un dedo?, a ocultar desde el cielo el inmenso océano?. Todos estos elementos de disfunción del sistema policial explicados, han hecho que se rompa por completo la generación / transmisión de la fiabilidad hacia el ciudadano y a la población en general.
IV.- LA SEGURIDAD CIUDADANA EN BOLIVIA.-
Hasta la década de los años ‘90, Bolivia era el país que mas se jactaba de ser el Estado con menor índice de criminalidad de América Latina, desgraciadamente ahora no podemos decir lo mismo, hoy por hoy, es uno de los Países que tiene uno de los mayores índices de criminalidad y uno de los motivos principales para que la curva de nivel de la criminalidad ascienda vertiginosamente, es el alto índice de corrupción tanto en la administración pública como privada, además de ser un país antiguamente con criminalidad poco violenta, ahora se ha convertido en uno de los países con la criminalidad más violenta de Sud América, principalmente por los asaltos a mano armada a conductores de vehículos, instituciones bancarias, comerciales, librecambistas, transeúntes o personas y domicilios particulares, en su mayoría con saldos fatales, en la que los asaltantes asesinan a sus víctimas alevosamente y a sangre fría, con total desprecio de la vida.
Este vertiginoso incremento, ha llevado al Estado a promulgar la Ley No. 2494 de Seguridad Ciudadana, en la que se crea el Consejo Nacional, los Consejos Departamentales y Provinciales de Seguridad Ciudadana, pero la errónea concepción de esta nueva forma de la seguridad, ha llevado al legislador a crear mediante esta ley,, los consejos de seguridad solamente con autoridades públicas, tal como lo dispone el Art. 4 de la mencionada norma, conformado por El Presidente de la República, El Presidente del Congreso, los Ministerios de la Presidencia, de Gobierno, de Defensa Nacional, de Hacienda, de Educación, y de Salud y Deportes, El Presidente de la Corte Suprema de Justicia, el Fiscal General de la República y Comandante Nacional de la Policía, el Art. 9 crea los Consejos Departamentales conformado por los Prefectos, Presidentes de la Brigadas Parlamentarias Departamentales, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de los Distritos, Fiscales de Distritos, Alcaldes de Capitales departamentales y Comandantes Departamentales de la Policía, en la Provincias, la ley crea los Consejos Provinciales conformado por Subprefectos, Alcaldes, corregidores, hilacatas y Mallcus. Como se puede comprobar, que en los mencionados consejos de seguridad ciudadana no existe o no se ha permitido la participación activa de organizaciones ciudadanas, privadas, instituciones vivas y representativas del pueblo o ciudadanía, quienes son los mas llamados a integrar los Consejos de Seguridad Ciudadana, motivo por el cual en Bolivia, el Gobierno y la policía no han logrado la implementación de la seguridad ciudadana, mientras que la delincuencia violenta sigue su incremento vertiginoso.
A.- Causas que impidieron para la implementación de la seguridad ciudadana en Bolivia.-
1.- La errónea concepción por el Estado y sus organizaciones públicas encargadas de organizar y poner en marcha la seguridad ciudadana. No se la ha entendido en su real concepción, la amplitud de este nuevo concepto de la seguridad. Debemos estar conscientes que hoy por hoy, el Estado no está en la capacidad de satisfacer eficientemente las necesidades de seguridad de la población, por lo que es necesario integrar a la ciudadanía a que sea partícipe activa del su nuevo rol que le corresponde cumplir en su auto seguridad y con conciencia de responsabilidad.
2.- La falta de generación / transmisión de la fiabilidad de la policía hacia la población y sus instituciones vivas, como consecuencia de la disfunción del sistema policial -por la pérdida total de confianza del ciudadano en la fuerza policial.
3.- Falta de capacitación técnico-profesional del organismo experto en seguridad ciudadana -la policía- que permita una verdadera integración de la ciudadanía a la seguridad ciudadana.
B.- La seguridad ciudadana es participación activa de la ciudadanía.-Para que se pueda concretar una verdadera integración del ciudadano a su auto seguridad, se debe integrar a los Consejos de Seguridad Ciudadana a los tres poderes del Estado y todas las instituciones públicas que hemos mencionado anteriormente, mas la Iglesia Católica como religión oficial del Estado, también otras iglesias, las instituciones cívicas, vecinales, empresariado privado, asociaciones de profesionales, organizaciones laborales, sistema universitario público y privado, sistema de educación escolar públicos y privados, medios de comunicación de masas televisivos, impresos y radiodifusión, organizaciones deportivas, asociaciones y fraternidades culturales, científicas, productivas, campesinas y de pueblos originarios.
Ante la globalización de la delincuencia y su integración de esta a la delincuencia y problemática de seguridad local (glocal), solamente con una integración total de la sociedad civil y su responsabilidad consciente en su auto seguridad puede cumplirse con la seguridad ciudadana. Lo mas importante de esta nueva concepción de seguridad, es que no se requiere de recursos, ni públicos menos privados, es simplemente comprometer a la población con su participación activa en forma personal, copartisipativa y organizada, a integrarse al sistema de seguridad, que bajo la dirección técnica de la fuerza policial estatal, se organice a los vecinos a través de policías comunitarias, vecinales, rondas de vecinos integrada con la seguridad privada, empresarial, industrial, de los servicios de transportes público, con sistemas de comunicación que integre a los vecinos con la fuerza policial. Todo este sistema de seguridad ciudadana bajo la coordinación, el apoyo, asesoramiento, integración y auxilio permanente de la fuerza policial estatal como organismo experto público, se logrará un verdadera seguridad ciudadana.
V.- LA SEGURIDAD CIUDADANA Y EL NUEVO SISTEMA PENAL, LA ABERRACIÓN DE LOS TRIBUNALES DE SENTENCIA PENAL CONFORMADOS CON JUECES CIUDADANOS EN BOLIVIA.-
Como ya se ha dicho anteriormente, el mundo ha experimentado desde mediados del Siglo XIX una industrialización de todo orden de bienes de uso, consumo y servicios inimaginables, que también ha incidido en el incremento desmesurado de una gama y formas innumerables de delincuencia. Bajo la óptica de que, la producción de riquezas apareja el incremento de la delincuencia, se han asumido una serie de concepciones de seguridad desde el punto de vista científico, incluso en Argentina, en la Universidad Nacional de Lanus-Buenos Aires, se ha creado una carrera a nivel Licenciatura con el grado académico de "Seguridad Ciudadana", habiéndose asumido la necesidad de desarrollarse con seguridad, de allí extraen algunos doctrinario la posición dicotómica del concepto de seguridad-desarrollo, "sin seguridad no puede existir desarrollo y sin desarrollo no puede existir seguridad".
El desarrollo de la producción industrial de bienes de uso y servicios de la modernidad, ha favorecido el surgimiento de una gama de nuevas formas de delitos, entre ellos tenemos por ejemplo el tráfico ilícitos de narcóticos, de armas, de emigrantes, el autotráfico nacional e internacional, los delitos del circulación de tráfico vehicular, prostitución infantil, delitos medioambientales, contrabando (evasión tributaria), delitos económicos y financieros (cometidos por delincuentes de cuello blanco), la corrupción pública y privada (cohecho activo y pasivo), tráfico de influencias, etc. Son hechos punibles que nos implican a todos los ciudadanos, por que todos somos en alguna medida víctimas de estos delitos, toda vez que en la discusión entre el bien y el mal es el pueblo siempre el que pone las víctimas, sin embargo entre el incremento de la delincuencia y los medios y formas de combatirlo, ha sufrido una especie de vectores contrapuestos, mientras que la delincuencia crecía, el surgimiento de los Derechos Humanos se ocupado de disminuir y contrarrestar la lucha abierta para combatirla.
Desde la declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948, a través de una serie de convenciones, foros y organizaciones internacionales y nacionales que se ocupan de los Derechos Humanos, se han preocupado de desarrollar una tendencia permanente en los diferentes estados y sus legislaciones, a disminuir y contrarrestar los métodos fuertes que se usaban en la lucha contra la delincuencia y de disminuir las condenas en los sistemas punitivos de los Estados, y es mas, ciertas organizaciones principalmente religiosas, han abogado incluso por el perdón estatal de condenados por ciertos delitos cometidos, principalmente con el jubileo 2000 propiciado por la Iglesia Católica. Este acontecimiento mas de tinte de derechos humanos que religioso, ha incrementado la delincuencia en las calles al haberse liberado condenados por delitos de tráfico de estupefacientes, robos agravados, violaciones agravadas, tentativas de homicidios, etc. Delincuentes que en su mayoría han vuelto a reincidir en los mismos u otros delitos mas graves aun, sembrando el pánico en entre la población, sintiéndose ésta totalmente insegura, desamparada y desprotegida hasta en sus propios domicilios, situaciones en las que los vecino no podía dormir siquiera tranquilo en su cama, este hecho ha demostrado que el ser humano es muy difícil hacerle entender que debe reencausar su conducta y su vida, en su libre decisión personal como forma de disposición voluntaria de su vida, ha escogido el camino del mal.
Este incremento de el delincuencia que se ha experimentado en el plano principalmente local a partir del año 2.000, ha obligado a las autoridades, a readecuar la política estatal de lucha contra la delincuencia, ha atacarla con mayor agresividad, incrementando sobre todo los efectivos policiales, adquirir nuevos medios de persecución como motocicletas principalmente, equipos policiales de control de personas, dotación de armas al personal policial y a implementar la seguridad ciudadana, el que por su errónea concepción no puede hasta el momento ponerse en marcha en la forma que está concebida.
Los Derechos Humanos impulsado por diferentes organizaciones mundiales y regionales de cada parte del planeta como la ONU, la OEA, CE, Amnistía Internacional, la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos, Organizaciones No Gubernamentales etc., han levantado la bandera de la democratización del derecho punitivo en los Estados Sociales de Derecho como lo es el nuestro, sin embargo, en el marco de esta democratización, nuestros legisladores por sus erróneo comprender y entender del alcance y significado de la democratización del derecho penal, han ido mas allá de la valoración jurídica democrática, quizás por la ignorancia del legislador o talvez impulsados por el descontento generalizado de la población con su sistema penal –integrado por la policía, el ministerio publico y el poder judicial con las respectiva leyes penales- en ese afán de satisfacer ese descontento generalizado del ciudadano común ante la total desconfianza y falta de credibilidad en el sistema, degradado por la corrupción generalizada de ese sistema punitivo o sancionador, el legislador ha creado un tribunal sui generis y único en el mundo, el Tribunal de Sentencia Penal conformado por dos Jueces Técnicos y tres Jueces Ciudadanos, que en su equivocada concepción de la democratización de la justicia penal, ha dado lugar a la legalización de la ilegalidad al permitir legalmente el ejercicio Ilegal de la profesión del Abogado.
El Abogado como jurista científico, estudia no a memorizar la ley, sino a interpretar la norma mediante los diferentes métodos de interpretación jurídica, para ello se ha preparado pasando cinco años en las aulas universitarias estudiando el origen de la ley, los métodos de creación de la norma, las influencias históricas, sociales, culturales, geográficas, estudia a identificar al delincuente, bueno podríamos hablar de muchas elementos de la formación científica del Abogado, para luego ejercer la profesión como Juez, Fiscal, Defensor, Asesor Jurídico, consultor jurídico, Jurisconsulto, Doctrinario o Docente universitario, por lo que, el único profesional que se encuentra capacitado para desempeñar estas funciones es el Abogado y no un ciudadano que no estudio para este trabajo. Me imagino Yo como abogado o Militar, que el estado me haya asignado la tarea de dirigir la construcción de un edificio publico, mas propiamente del Palacio de Justicia de Santa Cruz, me pregunto y al lector también, estoy apto para cumplir esta función que es propia de la profesión de un Ingeniero Civil?. Talvez algunos dirán que no es Igual comparar las funciones de un Abogado o militar con las de un Ingeniero, o que no existe relación entre estas comparaciones, que la Profesión de Abogado es mas fácil, que la ingeniería es mas compleja, etc. Existirán una serie de justificaciones de parte de personas y juristas que apoyan su implementacion, pero les digo, que no existe ninguna diferencia entre las comparaciones que expongo; como militar fui formado para planificar y conducir a mis soldados en la conquista de un objetivo que se me ha asignado en una operación concreta y como Abogado para Interpretar la Ley y aplicarla también en un caso concreto. Me pregunto también, que si un ciudadano como Juez, esta capacitado par interpretar científicamente la Ley, estudiar el delito y al delincuente, las circunstancias que se cometió el delito, que se tenga hacer un análisis criminológico, analizar y determinar la conexitud de delitos, para aplicarla en el caso concreto que le tocó conocer?, dejo al lector la respuesta.
Pero no quiero terminar este tema de la democratización del derecho penal en Bolivia sin antes hacer un análisis crítico de las aberraciones que ha cometido nuestro legislador boliviano y que solo en nuestro país ocurren legislaciones inversas, que producto de la improvisación, la todología y la corrupción de nuestros políticos y profesionales que tienen la especialidad de la "todología".
Se han cometido aberraciones en nuestras legislaciones que no guardan ninguna relación con el alcance de los conceptos que ha trazado y determinado la comunidad internacional en su lucha contra la delincuencia y la democratización de la justicia, me refiero concretamente al tema de la seguridad ciudadana, que no ha marchado por el error interpretativo de la concepción en su verdadera dimensión de esta nueva forma de la seguridad y, de la democratización del derecho penal, que también ha sido mal entendido o se ha pretendido satisfacer descontentos o frustraciones del pueblo.
La democratización no significa concederle al ciudadano la legitimación para administrar justicia, no se encuentra capacitado o formado científicamente para ello, sino, significa que bajo los principios universales de que, la ley no reconoce fueros ni privilegios, es general y de cumplimiento obligatorio para todos, la accesibilidad a la tutela judicial y a la justicia de todos los ciudadanos y en igualdad de condiciones, sin restricciones, con aplicación plena de los principios de publicidad, oralidad, contradicción, debido proceso, presunción de inocencia, gratuidad, imparcialidad, derecho a la defensa, guardando el respeto a los derechos fundamentales del las víctimas como del imputado y que la administración de justicia no se encuentre en manos de una sola persona como juez, sino, en varios jueces, es decir, en tribunales colegiados de jueces formados científicamente para administrar justicia y que las resoluciones adoptadas que resuelvan sobre las libertades de las personas y sus derechos reconocidos judicialmente, sean en votación democrática por mas de un juez.
VI.- CONCLUSIÓN.-
Podemos concluir el presente trabajo, diciendo que ante el incremento desmesurado de la delincuencia, creando una suerte de desamparo total del Estado a la seguridad de la ciudadanía en general, es necesario incorporarla esta a su auto seguridad en forma integrada a la fuerza policial, pero que, para ello deba existir una generación / transmisión de la fiabilidad de la policía hacia la población y sus instituciones vivas, en la forma que el ciudadano se siente totalmente apoyado y protegido y por que no decirlo, tutelado en su función de auto seguridad como parte de la seguridad ciudadana y no tenga el permanente temor que en cualquier momento un policía pueda detenerlo con fines extorsivos, o que el policía de tránsito le extienda un boleta de infracción para que presionado por la detención de su vehículo, se vea obligado a recurrir a la coima o cohecho para evitar esa boleta de infracción, o evitar ser conducido a las oficinas de tránsito, o cuando un elemento policial tenga que realizar una investigación, no tenga que pedirle dinero bajo cualquier pretexto o que para que se haga un informe policial o técnico, cuando es su obligación del policía cumplir con su trabajo sin esperar a cambio retribuciones.
Esta necesidad de seguridad ciudadana, es decir de la participación activa de la ciudadanía en su propia seguridad, ha influenciado en el sistema penal, al permitir la norma procesal que el ciudadano tenga facultades para detener a un delincuente in fraganti y que pueda constituirse posteriormente en un testigo de cargo de mucha importancia y peso en el juicio.
Este trabajo fue realizado en el marco del Módulo: "La Tutela Penal y Globalización Económica" , esperando que le sirva de mucho al gentil lector.
Por: Germán Rómulo Cardona Álvarez, Doctorante del primer Programa de Doctorado en "Derecho, Empresa y Justicia" impartido en Bolivia-Santa Cruz-UAGRM, por la Universidad de Valencia- España en la modalidad de Beca Internacional, bajo la gestión de dos grandes promotores dignos de reconocimiento y ejemplarizadora tarea, la ilustrísima Dra. Silvia Barona Vilar como Directora del Programa y el ilustrísimo Dr. Jesús Olavaria Iglesias como Secretario, ambos distinguidos profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Valencia, bajo los auspicios económicos de la Generalitat Valenciana y distinguidísimos docentes del programa y de la misma casa superior de estudios, U.V., mi eterno agradecimiento, gratitud y reconocimiento a todos ellos.
Germán Rómulo Cardona Álvarez

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